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Facturo

Preguntas frecuentes

[vc_row][vc_column][mkdf_accordion layout=”simple”][mkdf_accordion_tab title_tag=”h4″ title=”¿QUÉ ES UNA FACTURA ELECTRÓNICA?”][vc_column_text]Es el documento generado por medios informáticos en formato electrónico que soporta transacciones de venta de bienes y servicios, y que remplaza al documento físico en papel, pero conserva su mismo valor legal y, además, garantiza en todo momento la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido.[/vc_column_text][/mkdf_accordion_tab][/mkdf_accordion][mkdf_accordion layout=”simple”][mkdf_accordion_tab title_tag=”h4″ title=”¿CUALES SON LAS CARACTERÍSTICAS DE UNA FACTURA ELECTRÓNICA?”][vc_column_text]1. Utiliza el formato electrónico de generación XML estándar por la DIAN.
2. Lleva la numeración consecutiva autorizada por la DIAN.
3. Cumple con los requisitos del artículo 617 del Estatuto Tributario y discriminar el impuesto al
consumo cuando sea el caso.
4. Incluye la firma digital o electrónica para garantizar autenticidad e integridad y no repudio de la
factura electrónica, de acuerdo con la política de firma adoptada por la DIAN.
5. Incluye el Código Único de Factura Electrónica CUFE.
6. Código QR.
[/vc_column_text][/mkdf_accordion_tab][/mkdf_accordion][mkdf_accordion layout=”simple”][mkdf_accordion_tab title_tag=”h4″ title=”¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS DE IMPLEMENTAR LA FACTURA ELECTRÓNICA PARA LAS EMPRESAS?”][vc_column_text]Hay múltiples beneficios para las empresas que implementen la factura electrónica, dentro de los que están:

  • Eliminación de riesgos de pérdida de documentos físicos.
  • Hace eficiente la gestión documental.
  • Cuidado y protección con el medio ambiente.
  • Consulta en línea.
  • Tiempos de entrega de una factura pasan de días a minutos.
  • Mejora en la calidad de datos, se controlan documentos electrónicos.
  • Incremento exponencial en el proceso de aceptación y rechazo de la factura, mejorando el tiempo de contabilización de la factura de hasta tres días.
  • Impacto positivo en el flujo de caja por la mejora en el tiempo de contabilización.
  • Reducción en costos asociados con facturación de hasta 85 %.

[/vc_column_text][/mkdf_accordion_tab][/mkdf_accordion][mkdf_accordion layout=”simple”][mkdf_accordion_tab title_tag=”h4″ title=”¿QUIÉNES PUEDEN FACTURAR ELECTRÓNICAMENTE?”][vc_column_text]Las personas naturales o jurídicas que sean voluntarias o que hagan parte de los obligados a facturar electrónicamente por parte la DIAN. Es habilitado como facturador electrónico el obligado o voluntario a facturar cuyo software realizó pruebas técnicas en el servicio electrónico dispuesto por la DIAN y cumple con las especificaciones técnicas establecidas.[/vc_column_text][/mkdf_accordion_tab][/mkdf_accordion][mkdf_accordion layout=”simple”][mkdf_accordion_tab title_tag=”h4″ title=”¿DESPUÉS DE OPTAR POR FACTURAR ELECTRÓNICAMENTE SE PUEDE RENUNCIAR A ESTE ESQUEMA Y VOLVER A FACTURAR POR COMPUTADOR O TALONARIO?”][vc_column_text]A partir del momento en que se notifique la resolución de habilitación para facturar electrónicamente y se actualice el RUT en la responsabilidad 52, el obligado a facturar deberá cesar la expedición de facturas por computador y en papel; salvo en los casos de contingencia, para los que podrá utilizar la facturación en papel o sistemas computacionales. Luego de habilitado para facturar electrónicamente no podrá dejar de hacerlo por este mecanismo.[/vc_column_text][/mkdf_accordion_tab][/mkdf_accordion][mkdf_accordion layout=”simple”][mkdf_accordion_tab title_tag=”h4″ title=”¿PARA QUÉ SON UTILIZADOS LOS CERTIFICADOS DIGITALES EN LOS DOCUMENTOS?”][vc_column_text]El Certificado Digital es el medio que permite garantizar técnica y legalmente la identidad de una persona en Internet. Se trata de un requisito indispensable para que las instituciones puedan ofrecer servicios seguros.

La firma electrónica de documentos garantiza la seguridad de que éste es el original y no ha sido manipulado, La posesión de un certificado digital nos permitirá establecer comunicaciones seguras con las administraciones públicas que desarrollen servicios a través de Internet mediante el uso de la firma digital.

De esta manera podremos realizar multitud de trámites sin necesidad de desplazarnos a las oficinas de la administración correspondiente.[/vc_column_text][/mkdf_accordion_tab][/mkdf_accordion][mkdf_accordion layout=”simple”][mkdf_accordion_tab title_tag=”h4″ title=”¿QUÉ ES EL CUFE?”][vc_column_text]Es el Código Único de Facturación Electrónica, que permite a la DIAN identificar unívocamente una factura electrónica en el territorio nacional. Es un texto alfanumérico que se halla a través de un mecanismo establecido por la DIAN, el cual se forma tomando datos de la factura.

El CUFE puede ubicarse en cualquier parte de la representación gráfica de la factura y es requerido para las facturas de venta y de exportación.
[/vc_column_text][/mkdf_accordion_tab][/mkdf_accordion][mkdf_accordion layout=”simple”][mkdf_accordion_tab title_tag=”h4″ title=”¿QUIÉN GENERA LAS NUMERACIONES DE LOS DOCUMENTOS?”][vc_column_text]Para las Facturas, debe solicitarse el rango de numeración a la DIAN.

Para las Notas Crédito y Notas Débito se utiliza una numeración automática.
[/vc_column_text][/mkdf_accordion_tab][/mkdf_accordion][mkdf_accordion layout=”simple”][mkdf_accordion_tab title_tag=”h4″ title=”¿QUÉ ES LA REPRESENTACIÓN GRÁFICA DE UN DOCUMENTO ELECTRÓNICO?”][vc_column_text]Es un documento que los obligados a facturar electrónicamente dispondrán para los adquirentes o compradores de sus bienes y/o servicios cuando ellos no dispongan de los medios técnicos y/o tecnológicos para recibir la factura en el formato estándar de generación XML.

Dicha representación debe contener las características técnicas establecidas por la DIAN. Para estos casos, el obligado a facturar electrónicamente, podrá disponer la representación gráfica en sitios electrónicos para la consulta del adquirente y/o remitirlo a buzones electrónicos, según se acuerde con el comprador.

La representación gráfica debe contener lo siguiente:

  • Información del emisor
  • Información del adquiriente o comprador
  • Tipo de documento emitido
  • Datos del documento
  • Descripción de los productos y/o servicios facturados
  • Resumen de impuesto
  • Código QR
  • CUFE
  • Firma Electrónica

[/vc_column_text][/mkdf_accordion_tab][/mkdf_accordion][mkdf_accordion layout=”simple”][mkdf_accordion_tab title_tag=”h4″ title=”¿CÓMO SE ANULA UN DOCUMENTO?”][vc_column_text]La factura se puede anular únicamente con una nota crédito por el mismo valor por el que fue creada, las NC y ND no se pueden anular.[/vc_column_text][/mkdf_accordion_tab][/mkdf_accordion][mkdf_accordion layout=”simple”][mkdf_accordion_tab title_tag=”h4″ title=”¿LAS NOTAS CRÉDITO, NOTAS DÉBITO Y CONTINGENCIA DEBEN LLEVAR CUFE?”][vc_column_text]Las notas tienen CUDE (Código Único de Documento Electrónico que hace las veces del CUFE para las Notas).

La factura expedida en contingencia, por talonario o sistemas computacionales, no lleva CUFE.

La normatividad que regula la validación previa señala dos (2) Contingencias:

1. Contingencia OFE: que corresponde al Facturador Electrónico ó Proveedor Tecnológico
2. Contingencia DIAN: que ampara casos de indisponibilidad de la plataforma de la entidad
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