TÉRMINOS Y CONDICIONES
- Se otorgará al ganador un paquete de documentos estimado para consumo anual de acuerdo al número de empleados en el momento de la habilitación del servicio
- El paquete de documentos otorgado al ganador del concurso se calculará de acuerdo a la emisión estimada de documentos durante un periodo de 1 año acorde al número de empleados formalizados en Nómina que tenga al momento de la habilitación del servicio del Nit ganador, en todo caso dicho beneficio será como máximo de 1000 documentos, lo cual beneficia a una empresa con un promedio mensual de hasta 83 empleados.
- Una vez consumidos los documentos otorgados de acuerdo al punto anterior, la empresa podrá solicitar recarga de documentos acorde a sus necesidades según las tarifas vigentes de paquetes de Nómina Electrónica de Facturo Colombia.
- La vigencia de los Documentos Electrónicos es hasta de 2 años desde su habilitación.
- El usuario no deberá invertir en un certificado digital, pues el servicio incluye el uso de certificado digital del proveedor tecnológico Cadena S.A. para firma de Documentos Soporte de pago de nómina y notas de ajuste mientras el paquete de documentos se encuentre vigente, según Política de Firma vigente en el anexo técnico 1.0 para Nómina Electrónica.
- El servicio incluye apoyo en la parametrización y habilitación del emisor electrónico, el cual se realizará exitosamente siempre que:
o El usuario tenga al día sus requerimientos DIAN como contribuyente.
o Se haya habilitado la prestación de los servicios informáticos por parte de la DIAN al momento de la habilitación, la inestabilidad de dichos servicios no es de injerencia o gestión de Facturo Colombia.
- En el entendido que este es un proceso de preventa que se ciñe a lo establecido en la Resolución 000013 de 2021 y el anexo técnico 1.0 que contiene la misma, y que posterior a la emisión de esta regulación y hasta el inicio de las fechas de habilitación del calendario de la misma regulación, la DIAN podrá realizar modificaciones para determinar la correcta operación del Sistema de Nómina Electrónica, Facturo Colombia se exime de cualquier responsabilidad por cambios o ajustes que se puedan emitir, y que en tiempo o alcance técnico – operativo cambien sustancialmente lo allí regulado, en dado caso este beneficio se ajustará a la regulación vigente en el momento de la habilitación del servicio.
- La fecha exacta de habilitación e inicio de emisión de Documentos Electrónicos en la Plataforma de Nómina Electrónica estará determinada por la finalización y lanzamiento de la misma, que siempre respetará como máximo las fechas definidas por DIAN para la habilitación e inicio de Emisión de Documentos Soporte de Pago de Nómina Electrónica del usuario, las cuales podrán ser consultadas en la Resolución 000013 de 2021 – art. 6, Facturo Colombia se exime de cualquier responsabilidad por demoras o retrasos en la habilitación de los Servicios informáticos DIAN que por alguna razón no permitan llevar a cabo el proceso.
- El servicio de emisión de documentos de Nómina Electrónica se realizará desde la plataforma determinada por Facturo Colombia, en caso de que el ganador cuente con una plataforma o servicio diferente se tendrá tres opciones:
- Aprovechar las herramientas y parámetros de integración que provea Facturo Colombia para integración técnica a sus servicios de plataforma sin costo adicional alguno, lo cual ejecutará por cuenta propia o de su tercero prestador del servicio, dependiendo por su cuenta de los tiempos y recursos que le tome realizar dicha integración tecnológica, así como de la disponibilidad que tenga Facturo Colombia para integración en el momento de la habilitación del servicio
- En caso que no le sea posible disfrutar del beneficio otorgado, podrá ceder el mismo a otra empresa o persona natural que lo pueda hacer de acuerdo al cumplimiento de la totalidad de los términos y condiciones previstos, si no se realiza esta actividad dentro de los 30 días calendario siguientes previstos a la disponibilidad de entrega del beneficio aplicará el siguiente paso
- Reasignación al segundo e incluso tercer beneficiado del concurso en su orden si el segundo beneficiado no puede hacer uso del beneficio, una vez surtidos estos pasos y de no haber beneficiado ganador Facturo Colombia podrá disponer el beneficio para un nuevo concurso.
- El beneficio aplica para una sola empresa / Nit.
- El ganador deberá asumir los costos indirectos (tales como viáticos, pólizas, garantías y otros del caso) así como los impuestos que desde su parte y según sea el caso pueda conllevar el disfrute del beneficio por parte de Facturo Colombia.