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Factura Electrónica -Nueva Resolución DIAN 0165 de 2023

Desde el año 2023 fue promulgada, sin embargo desde el 01 de Mayo de 2024 entrará en vigencia, la que será la nueva normativa de impacto a la Factura Electrónica y los Documentos Equivalentes, Resolución DIAN No. 0165 de 2023. Esta normativa aborda diferentes cambios relevantes a la hora de realizar Factura Electrónica, así como refuerza algunos conceptos esenciales para hacerlo correctamente, algunos de ellos son:

  • Cambios en la Emisión de la Factura Electrónica y sus Notas

  1. Incorpora el tipo de Documento de identificación Permiso de Protección Temporal PPT.
  2. Incluye ajustes y nuevos requerimientos para la emisión de Notas Crédito, especialmente aquellas que no referencian una Factura Electrónica.
  3. Contiene información sobre campos adicionales para sectores económicos que regulan la emisión de sus Facturas Electrónicas como Salud y Transporte, así como los requeridos por sectores como las Notarías y el Sector Cambiario.
  4. Elimina la tolerancia de 10 días entre la generación de la factura y la validación o firmado, ahora deberá estar la misma fecha en los dos campos.
  5. Relaciona formalmente los denominados “Impuestos saludables” dentro del Anexo técnico para la emisión de la Factura Electrónica.
  • Refuerzo en conceptos en emisión de la Factura y sus Notas

  1. La Factura o Documento Equivalente Electrónico se debe emitir por cada operación de venta de bienes y servicios, y durante el momento de la operación.
  2. El uso de la figura de “Contingencia” o inconvenientes tecnológicos aplica una vez que el contribuyente se encuentra habilitado como emisor de Factura o Documento Equivalente Electrónico en el Sistema de Información de la DIAN.
  3. Confirma que la expedición de los Documentos del Sistema de Facturación Electrónica debe realizarse en idioma español y peso colombiano, independiente que dicha información se pueda expresar de manera adicional en idioma diferente u otra moneda.
  4. Confirma la continuidad de la política de firma de los documentos electrónicos vigente, que puede ser: o bien con un certificado digital propio del emisor de la factura, o bien con el certificado del proveedor tecnológico como sucede con los usuarios de Facturo.
  5. Reafirma la necesidad de implementar en su totalidad, de acuerdo a las calidades de cada contribuyente, todos los Documentos Electrónicos del Sistema de Facturación Electrónica.
  • Regula como Electrónicos todos los Documentos considerados Equivalentes a la Factura Electrónica

Con ello cierra el ciclo de reglamentación para el control fiscal de los principales Documentos Electrónicos de Ingresos de los contribuyentes, pues a la Factura que ya es Electrónica, suma los Documentos Equivalentes, estos son:

  • Documento Equivalentes POS – Tirilla de punto de venta
  • Documento Recibo de Servicios Públicos
  • Documento de operaciones de la bolsa de valores
  • Documento de los juegos localizados de azar
  • Documento de tiquete de pago de los peajes
  • Documento de tiquete o boleta de cine
  • Documento Extracto bancario o de entidades financieras
  • Documento Tiquete aéreo
  • Documento de operaciones de la Bolsa Agropecuaria
  • Documento de juegos No localizados de azar
  • Documento tiquete de entrada a eventos y espectáculos públicos
  • Documento tiquete de transporte terrestre de pasajeros

Aclara todas tu inquietudes, evita sanciones y malos ratos, e inicia ahora la implementación de esta nueva normativa con Facturo, donde te acompañaremos con la guía de expertos en estas temáticas durante todo el proceso de empalme y cumplimiento de la Resolución expedida por la DIAN.

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