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Facturo

En Facturo siempre estamos dispuestos para escuchar a nuestros usuarios y aliados de negocio, por eso hemos dispuesto este espacio para ti, en caso de querer realizar algún reporte o aporte, te invitamos a diligenciar el formulario a continuación, el cual será atendido directamente por la Gerencia General de nuestra compañía

    Es el documento generado por medios informáticos en formato electrónico que soporta
    transacciones de venta de bienes y servicios, y que remplaza al documento físico en papel,
    pero conserva su mismo valor legal y, además, garantiza en todo momento la autenticidad
    de su origen y la integridad de su contenido.

    1. Utiliza el formato electrónico de generación XML estándar por la DIAN.
    2. Lleva la numeración consecutiva autorizada por la DIAN.
    3. Cumple con los requisitos del artículo 617 del Estatuto Tributario y discrimina el
    impuesto al consumo cuando es el caso.
    4. Incluye la firma digital para garantizar autenticidad e integridad y no repudio de la
    factura electrónica, de acuerdo con la política de firma adoptada por la DIAN.
    5. Incluye el Código Único de Factura Electrónica CUFE.
    6. Incluye el Código QR en su representación gráfica.

     Responsables de IVA e Impuesto al Consumo
     Personas naturales y jurídicas, Comerciantes, profesionales liberales, enajenantes de
    productos agrícolas o ganaderos, o que presten servicios relacionados a estos; cuyos
    ingresos brutos del año anterior o corrido del año en curso superen los 3500 UVT
     Tipografos y Litografos aun cuando no sean responsables del impuesto de IVA
     Inscritos en el Régimen Simple de Tributación

    Es el reporte electrónico que hace la empresa o persona natural a la DIAN, de los costos y gastos generados por los pagos salariales o de Nómina a sus empleados.

    La Resolución 0013 de 2021 se establece las condiciones técnicas para su implementación, 
    aclarando que la transmisión de la Nómina Electrónica resulta indispensable para que esos costos y gastos puedan ser deducibles en la declaración de impuesto de renta y complementarios

     Facturador Electrónico con más de 250 empleados: 29 de Octubre de 2021.
     Facturador Electrónico con entre 101 y 250 empleados: 10° día hábil de Noviembre de 2021.
     Facturador Electrónico con entre 11 y 100 empleados: 10° día hábil de Diciembre de 2021.
     Facturador Electrónico con entre 1 y 10 empleados: 10° día hábil de Mayo de 2022.
     No Facturador Electrónico: 10° día hábil de Julio de 2022.

    Las condiciones técnicas del procesamiento de Nómina Electrónica incluyen los siguientes documentos:

    1. Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica: mensual por empleado que reune todos los valores devengados, deducidos y netos del pago de la Nómina del periodo.
    2. Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica con Novedad: utilizado como complemento del documento anterior para reportar las novedades transitorias o permanentes que se puedan presentar con un empleado.
    3. Nota de Ajuste del Documento de Nómina Electrónica: documento que reemplaza o anula un Documento Soporte de Pago de Nómina emitido con algún error 

    Es el Documento que se remite a DIAN, de manera electrónica, para soportar todos los costos y gastos de compras o adquisiciones realizadas con sujetos no obligados a entregar factura o documento equivalente, como ejemplo el caso donde un proveedor nos presenta una cuenta de cobro.

    Este documento debe ser implementado por todas las personas naturales y jurídicas, sean estas facturadores o no facturadores electrónicos, según Resolución DIAN 0167 de 2021, se debe tener en cuenta:

    • Los Facturadores Electrónicos deben expedir este documento electrónicamente
    • Los No Facturadores Electrónicos deben expedir este documento de manera física o análoga mediante soluciones digitales

    La implementación de este documento en las condiciones mencionadas aplica desde el 01 de Agosto del año 2022

    • La Factura Electrónica de Venta.
    • El Documento Soporte en Compras a no obligados a facturar
    • La Nómina Electrónica
    • El Documento Equivalente a la Factura electrónico
    • El registro para la factura electrónica como título valor – plataforma RADIAN
    • Las Exportaciones e importaciones u otras operaciones aduaneras
    • El registro fiscal de compras y ventas, la contabilidad, y en general soportes de costos, gastos y deducciones, así como otros tipos de documentos que faciliten el cumplimiento de obligaciones tributarias

    Tomado de la Resolución DIAN 0042 de 2020 – Art. 90

    La Ley 2155 de 2021 en su artículo 13, establece un régimen sancionatorio por el uso irregular y por la no implementación de los documentos del sistema de facturación electrónica a que soy requerido en mi operación, estas sanciones pueden ser del orden económico y pueden ir hasta el cierre temporal del establecimiento

    Es un mensaje que como indica la Resolución DIAN 0085 de 2022 en su artículo 34 debe remitirse al emisor de la factura en formato electrónico, atendiendo las condiciones técnicas vigentes para Facturación Electrónica (vía XML con validación DIAN), aceptando la factura electrónica recibida y los bienes y servicios que con ella se reciben.

    Aplica para las facturas expedidas a crédito o con plazo de pago, y el mensaje debe ser expedido por el adquiriente o receptor de la factura a partir del 8 de Julio de 2022, de manera que esos costos o gastos puedan ser deducibles de impuestos.

    RADIAN es una plataforma que lleva todo el registro y trazabilidad de las facturas electrónicas que allí se inscriben con vocación de circulación como título valor.

    En otras palabras, allí se registran todos los eventos que permiten hacer una cesión de derechos de la factura para realizar el proceso de Factoring, en el cual yo endoso los derechos de pago de esa factura a un tercero, con pago al día para mí, mediante una tasa de descuento sobre el valor facturado

    Así es, somos de las pocas empresas a nivel nacional que tienen solución para todos los documentos del Sistema de Facturación Electrónica DIAN.

    A esto sumamos una potente solución de software ERP Contable y Administrativo para empresas cuyas necesidades van más allá del cumplimiento de los requerimientos DIAN

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    Tel. (1) 4954044 info@facturo.com.co

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